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“Las comunidades autónomas están imponiendo limitaciones a las reuniones que se desarrollen en espacios a un número máximo de personas, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid lo limita a diez personas en el caso de espacios públicos y, recomienda que no se supere este número cuando se trate de espacios privados (Orden 320/2020, de 19 de junio de la Consejería de Sanidad).
La resolución del SEPE del día 1 de junio de 2020 establece las medidas para la recuperación de la actividad formativa presencial en la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. En ella se recoge la necesidad de garantizar las condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento establecidas. Exige respetar las medidas de higiene y prevención tanto para el personal trabajador como para el alumnado, las de distancia interpersonal y protección colectiva e individual y las medidas para prevenir el riesgo. En la resolución no se limita el número máximo de personas en el aula, más allá de la que resulte de aplicar las medidas de prevención y distanciamiento social, así como las establecidas por la propia convocatoria.
A la vista de estas limitaciones referidas a reuniones o agrupaciones de personas de carácter general en espacios privados establecidas por las comunidades autónomas, surge la duda de si éstas son aplicables en el marco de las convocatorias de formación del ámbito de gestión del SEPE incluida la dirigida a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.”
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ADAMS Formación ha incorporado a su Grupo la marca Sky Languages, una compañía con más de 15 años de experiencia en programas prácticos de inglés y otros idiomas para empresas.
María Jesús Pérez, consejera delegada de ADAMS, ha señalado que “estamos muy ilusionados con esta etapa que iniciamos junto a Sky Languages y valoramos su experiencia, calidad y capacidad de adaptación a cada cliente”. La consejera delegada de ADAMS ha explicado que una de las claves de Sky Languages es que cuenta con un método propio basado en un aprendizaje eficaz, ameno y flexible, “lo que supone un refuerzo para el área de idiomas de ADAMS, especialmente en B2B”.
Matthew Lavía, fundador de Sky Languages, ha destacado que la integración en ADAMS “nos permite crecer, encontrar sinergias y ofrecer nuevos servicios, manteniendo nuestra ambición de que el aprendizaje de inglés sea exigente y divertido”. Además, “formar parte de una empresa con una trayectoria impecable dentro del sector, supone una estupenda oportunidad”, concluye Lavía.
Sobre ADAMS Formación
ADAMS Formación es una empresa editorial y de formación. Desde 1957 trabaja para facilitar el desarrollo y la cualificación profesional de las personas y contribuir a la consecución de los objetivos de las empresas, entidades, Administraciones Públicas y particulares que se forman en oposiciones, formación privada y Formación para el Empleo. En la actualidad, cuenta con nueve centros en España y una sede en México.

Tras su aprobación por el Consejo de Ministros del pasado 22 de septiembre, el BOE del de 23 de septiembre de 2020 ha publicado el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. Entre sus principales novedades encontramos que la persona trabajadora no asumirá ningún gasto relacionado con los equipos, herramientas, medios y consumibles, vinculados al desarrollo de su actividad, junto con la obligación de determinar condiciones y aspectos relevantes como el derecho a la desconexión, la flexibilidad horaria y la reversibilidad del teletrabajo.
El nuevo Real Decreto Ley se basa, en la “voluntariedad” para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras.
El Real Decreto-ley entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de lo establecido en su disposición adicional séptima.
No obstante, las disposiciones adicionales tercera, cuarta, quinta y sexta, la disposición transitoria cuarta, así como las disposiciones finales cuarta, quinta, octava, novena, décima, undécima y duodécima entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Descargar «Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre» |