Programa de formación dirigido a personas trabajadoras prioritariamente ocupadas, para la adquisición y mejora de competencias

icono documentoResolución de 11 de mayo de 2018, del Servicio Públio de Empleo Estatal, por la que se aprueba la Convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.

Es importante reseñar que el plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Resolución, que es el día siguiente de su publicación en el BOE.

Dicha publicación, a día de hoy, no se ha producido por lo que los plazos no han comenzado a computarse. Les mantendremos informados de su publicación en el BOE.

Objeto y ámbito de aplicación

1. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, aprobada por el Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla dicha ley, y la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

2. Esta convocatoria tiene ámbito estatal, correspondiendo su programación, gestión y control al Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y en el artículo 35.1.a) y b) del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio.

Finalidad y principios que rigen la concesión de las subvenciones

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital y al desarrollo personal de los trabajadores, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.

2. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.

Duración de los programas de formación

Los programas de formación que se financien al amparo de esta convocatoria, se podrán ejecutar durante un año desde la fecha de notificación a los beneficiarios de la resolución de concesión de la subvención.

 

Descarga la Resolución Información General del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones

Resolución de 11 de mayo de 2018, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2018, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.
Descarga el BOE Extracto de la Resolución de 11 de mayo de 2018 publicada en el BOE de 26 de mayo de 2018.

 

 

"La formación en el empleo necesita un marco más estable"

Ministro de Trabajo e Inmigración en el último año de Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, Valeriano Gómez, presenta hoy en Sevilla el reciente informe La Formación para el Empleo en España 2018, que ha elaborado en colaboración con las organizaciones profesionales del sector de las empresas prestadoras de servicios de formación para el empleo: AEGEF, ANCED y CECAP.

Diario de Sevilla

Las propuestas que se plantean, elaboradas por las organizaciones más representativas de las empresas prestadoras de servicios de formación para el empleo, pretenden avanzar el cambio de modelo establecido por la Ley 30/2015. Ninguna de las propuestas desarrolladas cuestiona o exige cambio alguno, ni en la Ley ni en su Reglamento de desarrollo, al entender que el actual marco legal permite avances importantes, y que tanto el sector como la sociedad esperan de las administraciones públicas y sus agentes sociales, no nuevos debates legislativos, sino soluciones viables a corto plazo.

Nuestra apuesta pasa por centrar la actividad de las administraciones en la mejora del sistema de identificación de las necesidades formativas, en el establecimiento de calendarios plurianuales de oferta formativa que faciliten la orientación de los alumnos y las necesarias inversiones por parte de las empresas prestadoras de servicios de formación para hacer frente a esas demandas formativas con calidad y a través de procesos transparentes y competitivos. Pretendemos facilitar procedimientos de justificación y control de las acciones formativas eficientes y simplificados que den plenas garantías jurídicas tanto a las funciones de inspección de la Administración como a las empresas prestadoras de servicios. Asimismo, nuestras propuestas tienen el objetivo de promover procedimientos públicos de evaluación de la calidad de las inversiones efectuadas por el conjunto de la sociedad española en la formación de sus trabajadores empleados o desocupados.

El conjunto de medidas propuestas, siempre desde la óptica, la experiencia y el compromiso de las empresas prestadoras de servicios de formación para el empleo, busca incrementar la calidad y la agilidad del sistema de formación, desde la necesaria colaboración entre el papel rector de la Administración Pública, los agentes sociales y la aportación del sector privado, desde la consideración de la prestación de los servicios de la formación para el empleo como una auténtica actividad económica.

Todas estas medidas se enmarcan dentro de la normativa vigente, de manera que suponen un esfuerzo por acoplar y armonizar el modelo de formación para el empleo que surge con la aprobación de la Ley 30/2015 a las necesidades del sector que conforman las empresas prestadoras de servicios de formación para el empleo.

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Gran éxito de asistencia a la Jornada Técnica de Formación organizada por ANCED

DSC 3299La Asociación Nacional de Centros de E-Learning y Distancia (ANCED) celebró el pasado día 11 de abril una “Jornada Técnica de Formación”, presidida por D. Jorge Azcárate Morera, Presidente de ANCED y D. Manuel Pereira Moure, Vicepresidente de ANCED. El acto se celebró en Madrid en la sede de la CEOE con más de 130 asistentes, para tratar temas muy interesantes que afectan al sector de la formación.  

D. Ángel Goya Castroverde, Subdirector de Políticas Activas de Empleo del SEPE, abrió la jornada con una interesante ponencia sobre el desarrollo normativo y las novedades en el contrato para la formación y el aprendizaje, destacando los esfuerzos que están realizando en el SEPE para el desarrollo de nuevas Órdenes Ministeriales y Bases Reguladoras en las distintas iniciativas de la formación para el empleo, y que dote al sistema de la seguridad jurídica necesaria. También destacó que están trabajando con mecanismos en base a la unidad de mercado, para no repetir procedimientos entre las diferentes administraciones y Comunidades Autónomas.

A continuación D. José Manuel Continente Muro, Jefe de Área de Cualificaciones y Certificación de las Competencias de la Comunidad de Madrid, intervino explicando minuciosamente el proceso para la acreditación de competencias por la vía no formal. Destacó que desde la Comunidad de Madrid se está priorizando los procesos de acreditación como consecuencia de la existencia de normativa que establezca a los profesionales la obligación de estar en posesión de la acreditación oficial para el ejercicio de su actividad profesional. Se está elaborando el desarrollo del Decreto 1224/09 en el ámbito de la Comunidad de Madrid, que establece las normas de desarrollo del procedimiento general de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación..

Dª Sonia Sanz Sánchez, Subdirectora Adjunta de Información y Asistencia del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, impartió una ponencia sobre el IVA en la formación no presencial. Hizo especial hincapié en la aplicación del IVA en la modalidad de teleformación, y como ha de aplicarse tanto a clientes particulares y empresas comunitarias como extracomunitarias. A pesar la causística de los centros de formación es muy amplia, expuso varios ejemplos y aclaro diferentes casos particulares en el turno de preguntas posterior.

Finalmente Dª Marisa Cosmen Alonso, Responsable del Servicio al Cliente de la FUNDAE, expuso los cambios y novedades en la formación programada por las empresas para 2018, detallando los cambios más relevantes a tener en cuenta producidos en la normativa, así como los cambios en la página web de gestión de la FUNDAE, haciendo especial mención a los errores más comunes que se comenten a la hora de gestionar la formación en la FUNDAE.

Todas las ponencias suscitaron un gran interés entre los asistentes, con interesantes turnos de preguntas en cada una de los temas.

El Presidente de ANCED cerró las jornadas exponiendo la situación actual del sector y dando las gracias a todos los asistentes por su contribución al éxito de esta Jornada con su asistencia y participación.

  Descarga de Ponencias

 

Acreditación de competencias por la via no formal

   D. José Manuel Continente Muro
   Jefe de Área de Cualificaciones y Certificación de las Competencias de la CAM
 

El IVA en la formación no presencial

   Dª Sonia Sanz Sánchez
   Subdirectora Adjunta de Información y Asistencia del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT
 

Novedades en la formación programada por las empresas para 2018

   Dª Marisa Cosmen Alonso
   Responsable del Servicio al Cliente de la FUNDAE
 

Cierre de la Jornada

   D. Jorge Azcárate Morera
   Presidente de ANCED

El 'e-Learning', una formación adaptada a las necesidades de nuestra sociedad

Jorge Azcárate Morera. Presidente de la Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia (Anced)

infoLibre • Plaza Pública
Publicada 07/04/2018

Conscientes de las oportunidades que la revolución digital ofrece a la Formación para el Empleo, en los dos últimos años se han invertido millones de euros para adecuarse a las nuevas necesidades de la formación online o e-Learning.

Con ese esfuerzo por la innovación, que nos exige la sociedad de la comunicación, evolucionamos hacia un modelo de formación que da respuesta a los retos del presente y del futuro para mejorar la empleabilidad de los trabajadores, especialmente, los que engrosan las listas del paro que, con un porcentaje casi del 17%, sitúa a España en el segundo lugar de la Unión Europea, solo por detrás de Grecia. Un triste récord.

La tecnología digital brinda herramientas que facilitan el estudio, la comunicación y la interacción fluida entre alumnos y formadores, y la conexión entre los participantes de un mismo grupo, sin necesidad de que todos tengan que estar simultáneamente en el aula o en un lugar concreto. Es una forma de gestionar el conocimiento que, además de favorecer el estudio de unas determinadas especialidades formativas, mejora las competencias digitales de los alumnos, imprescindibles ya en el mundo laboral presente y que aún lo serán más en el futuro inmediato.

Los jóvenes —incluso los que no han acabado la enseñanza secundaria obligatoria y cuya formación profesional es vital para su futuro personal y para el de la economía española— dominan las nuevas tecnologías a través de sus smartphones o de sus tabletas. Para ellos, incorporar nuevos conocimientos digitales no es un problema y, seguramente, ven en el e-Learning un instrumento que les hace más cercana la recepción del resto de los conocimientos de la Formación para el Empleo que tienen que asimilar.  Las competencias digitales son también importantes para los adultos que crecieron offline. La formación online es una vía excelente para aprender los rudimentos imprescindibles de las tecnologías de la información y la comunicación.

La apuesta de las Administraciones Públicas por la formación online es inequívoca y es un reto para todos establecer los mecanismos para que estas estrategias de formación puedan implementarse con garantías, pero también a unos ritmos y plazos razonables.

Sin embargo, las nuevas tecnologías y los contenidos formativos que se incorporan a ellas avanzan con mucha más celeridad que las normas legales. De ahí que a veces las grandes oportunidades que ofrecen para la formación se vean frenadas por una normativa que, lejos de adaptarse a esa rapidez y flexibilidad intrínsecas a la era digital, se encuentra poco desarrollada y es excesivamente rígida en aspectos elementales y fáciles de modificar, como el tiempo de conexión de los alumnos, las horas de tutorías, los controles de aprendizaje o el propio Catálogo de Especialidades Formativas.

La teleformación camina en paralelo y de manera complementaria a la formación presencial, pero, como hemos visto, con características y entidad propias. Ofrece a los alumnos una gran flexibilidad de tiempo y espacio que les permite conciliar la formación con su jornada de trabajo y con las obligaciones personales y familiares. Cada alumno puede conectarse online en el momento en que se lo permiten sus ocupaciones, porque el alumno pasa a ser el centro del proceso de enseñanza-aprendizaje, marcando, bajo la tutela de los formadores, su propio ritmo de estudio y alcanzando su capacitación académica y laboral donde y cuando la necesita.

No es comprensible, por tanto, que las normas exijan, por poner un ejemplo, un tiempo elevado de conexión a los alumnos, porque ese requisito choca frontalmente con la flexibilidad de este método, a la par que genera una discriminación negativa entre aquellos participantes que, por sus conocimientos previos de la materia, competencia tecnológica, capacidad de aprendizaje o incluso inteligencia, requieran de un menor tiempo para completar su formación. No parece razonable ni práctico, con las posibilidades que ofrece la tecnología digital, obligar a todos los participantes a seguir el mismo ritmo de aprendizaje simplemente para cumplir un requisito, que no es pedagógico, para ser considerado apto. Debemos exigir a la administración una mayor flexibilidad en esta modalidad formativa que sirva de trampolín para su implementación y no sea un obstáculo en su desarrollo, y que a su vez no disminuya la capacidad de control y seguimiento, imprescindible para toda actividad formativa financiada con fondos públicos.

Sin lugar a dudas el e-Learning está consolidado como la metodología hacia la que tienden todas las instituciones implicadas en el proceso de aprendizaje, ya sea de forma exclusiva o en combinación con la enseñanza presencial. Más ahora que la propia Administración se está digitalizando en su organización interna y en su relación con el ciudadano. Pero requiere de una apuesta decidida por las nuevas tecnologías y de la colaboración entre las administraciones, los agentes sociales y las empresas de formación para el empleo para eliminar trabas burocráticas. La capacitación para la inserción en el mercado laboral de nuestro capital humano no puede esperar.

No debemos dejar de lado la formación privada no presencial dirigida al alumno particular, empresas, entidades públicas, etc. impartida por centros formativos de gran prestigio y con titulaciones propias de un valor muy reconocido en las empresas que aplican programas de calidad y mejora permanente a sus programas de formación, como alternativa a la formación oficial o subvencionada, que consideramos es otra vía para la mejora de conocimientos que puede facilitar la inserción laboral, desarrollo en el puesto de trabajo y el incremento de la empleabilidad.

Sabemos además que la formación online, como el propio avance de la sociedad digital, es una tendencia irrefrenable en todo el mundo que aporta grandes oportunidades para el desarrollo laboral y empresarial, y nuestro país tiene que saber aprovecharlas. Con una tasa del 38% de paro juvenil, el doble de la media europea, un índice de abandono escolar temprano del 20% y un 35% de jóvenes de entre 24 y 35 años que no ha acabado la enseñanza secundaria obligatoria (según la OCDE), la sociedad española y los agentes implicados en la formación tienen que hacer un enorme esfuerzo para capacitar profesionalmente a una generación en cuyas manos está nuestro progreso futuro.