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  • Actualización de los datos de cuota de formación profesional y plantilla de las empresas
    ANCED - Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia

    ACTUALIZACIÓN: CUOTA DE FORMACIÓN PROFESIONAL, PLANTILLA DE LAS EMPRESAS Y CRÉDITO PARA LA FORMACIÓN DEL EJERCICIO 2020.

    Le informamos que hoy 28 de abril, se ha actualizado la información relativa a la plantilla media de trabajadores del año 2019, la cuota de formación profesional y las cuentas de cotización facilitadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

    Si los datos de cuota y plantilla aparecen pendientes de validar y la empresa no es de nueva creación en el ejercicio 2020, puede tratarse de un error en la mecanización del CIF o cuenta de cotización o bien que la empresa haya sufrido algún cambio societario.

    Si su empresa se encuentra en alguna de las situaciones anteriores, deberá acreditarlo ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, con el fin de que los datos de cuota y plantilla se asignen correctamente.

    Recuerde consultar el buzón de comunicaciones disponible en la aplicación ya que Fundae lo utiliza para facilitar información con objeto de garantizar la correcta aplicación de las bonificaciones.

    Si desea conocer su crédito de formación, puede ponerse en contacto con nuestro departamento formativo.

    Reciba un cordial saludo.



     
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  • Actualización de los datos de cuota de formación profesional y plantilla de las empresas 2021
    ANCED - Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia

    ACTUALIZACIÓN: CUOTA DE FORMACIÓN PROFESIONAL, PLANTILLA DE LAS EMPRESAS Y CRÉDITO PARA LA FORMACIÓN DEL EJERCICIO 2021.

    Le informamos que hoy 21 de mayo, se ha actualizado la información relativa a la plantilla media de trabajadores del año 2020, la cuota de formación profesional y las cuentas de cotización facilitadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

    Si los datos de cuota y plantilla aparecen pendientes de validar y la empresa no es de nueva creación en el ejercicio 2021, puede tratarse de un error en la mecanización del CIF o cuenta de cotización o bien que la empresa haya sufrido algún cambio societario.

    Si su empresa se encuentra en alguna de las situaciones anteriores, deberá acreditarlo ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, con el fin de que los datos de cuota y plantilla se asignen correctamente.

    Recuerde consultar el buzón de comunicaciones disponible en la aplicación ya que Fundae lo utiliza para facilitar información con objeto de garantizar la correcta aplicación de las bonificaciones.

    Si desea conocer su crédito de formación, puede ponerse en contacto con nuestro departamento formativo.



     
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  • FUNDAE: Actualización de los datos de cuota de formación profesional y plantilla de las empresas 2022

    ACTUALIZACIÓN: CUOTA DE FORMACIÓN PROFESIONAL, PLANTILLA DE LAS EMPRESAS Y CRÉDITO PARA LA FORMACIÓN DEL EJERCICIO 2022.

    Le informamos que hoy 09 de mayo, se ha actualizado la información relativa a la plantilla media de trabajadores del año 2021, la cuota de formación profesional y las cuentas de cotización facilitadas por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

  • Información sobre Contratos para la Formación y el Aprendizaje

    icono documentoEl Contrato para la Formación y el Aprendizaje es un contrato laboral cuya finalidad es la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo.

    Su objetivo es la cualificación profesional de los trabajadores alternando la actividad laboral retribuida en una empresa con una actividad formativa específica, encaminada a la obtención de un certificado de profesionalidad, titulación académica oficial equiparable a una formación profesional según recoge RD 1529/2012 de 8 noviembre.

    Desde la última Reforma Laboral desarrollada en la Ley 3/2012 de 6 de julio, este tipo de contrato ha sufrido cambios importantes respecto a su anterior regulación. Actualmente, se incentiva su utilización por los empresarios a través de una total bonificación de las cotizaciones sociales, lo que favorece la inserción laboral y se hacen más atrativos para los jóvenes, por la adqusición de una formación cualificada y del reconocimiento de la prestación por desempleo.

    Autorización de inicio de la actividad formativa. Paso previo a la presentación del contrato para la formación y el aprendizaje

    «La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje será autorizada previamente a su inicio por el Servicio Público de Empleo competente» (artículo 16.7 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual y artículo 6 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre).

    El SEPE en colaboración con las CCAA, ha habilitado un aplicativo que permite solicitar ante el correspondiente Servicio Público de Empleo la autorización de inicio d ela actividad formativa d elos contratos para la formación y el aprendizaje.

    icono ordenadorMediante esta aplicación se podrá solicitar y registrar electrónicamente, la autorización de los contratos cuyo puesto de trabajo esté ubicado en una Comunidad Autónoma que haya suscrito el convenio de colaboración para la utilización del Registro Electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal.

    Las solicitudes se resolverán en el plazo máximo de un mes desde la fecha de su entrada en Registro, notificándose la rsolución adoptada que pondrá fin a la vía administrativa. La no resolución en dicho plazo, legitima a los interesados para entender estimada su solicitud por silencio administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.9 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual. Corresponde a las Comunidades Autónomas la resolución de dichas solicitudes.

     

    icono exclamacionEl contrato de trabajo no podrá presentarse en la oficina de empleo o a través de CONTRATA, hasta no recibir la confirmación definitiva de la autorización de inicio de la actividad formativa.