formación en el empleo

  • Principales novedades Aplicación de Formación Programada por las Empresas 2020
    lanzadera

    Se informa que en los próximos días estará disponible el acceso a la aplicación de “Formación Programada por las Empresas” que permitirá notificar la formación realizada con cargo al crédito asignado para el ejercicio 2020. 

    Se han incorporado las siguientes novedades con objeto de facilitar las notificaciones y la gestión de las bonificaciones a aplicar:

    • En el caso de autónomos, podrán acceder directamente a la aplicación con un certificado de persona física para registrarse como empresa Bonificada y/o de Entidad Organizadora, utilizando el botón: “REGISTRO DE AUTÓNOMOS”.
    • Las empresas de menos de 50 trabajadores que indicaron su voluntad de reservar el crédito de formación no dispuesto en 2018 y/o en 2019, tendrán incorporado al crédito asignado en 2020 el crédito no consumido en 2018 y/o 2019.
    • Para facilitar el conocimiento de las notificaciones realizadas, se visualizarán los PDF con la información que va a ser suscrita con carácter previo a la firma.

    En relación a las entidades organizadoras se han introducido los siguientes cambios:

    • No deberán cumplimentar los datos relativos a: plantilla media, cuota de formación profesional y cuentas de cotización.
    • No deberán acreditar documentalmente el tipo de entidad al que han indicado que pertenecen.
    • Se ha creado un nuevo tipo de entidad denominado “Otras entidades externas”
    • Las entidades organizadoras podrán dar de alta a empresas participantes bloqueadas para poder acreditar documentalmente las condiciones de participación.

    Respecto a los grupos formativos:

    • Se podrán modificar los apartados indicados a continuación hasta la fecha de notificación de la finalización de los grupos formativos sin modificar el estado de los grupos (incidentar):
      • Tutores/formadores.
      • Centro de formación en los perfiles de empresa bonificada o grupos de empresa.
      • Observaciones, para comunicar las variaciones de horarios.
    • Se ha eliminado la obligatoriedad de tener que cumplir con el número de participantes previstos. Se podrán incluir, en los grupos formativos, tantos participantes como el tipo de modalidad de la formación permita.
    • Se ha ampliado el espacio del campo “Denominación” para poder visualizarlo completo.
    • Se ha incorporado una nueva catalogación de las incidencias de grupo formativos para facilitar la gestión de las mismas.

    Para cualquier información o consulta adicional, pueden ponerse en contacto con nuestro Servicio de Atención al Usuario a través del formulario de consulta de la página web www.fundae.es

  • Programas de formación 2018 - Grabación y justificación de costes, certificación de grupos y acciones y firma y envío de la cuenta justificativa

    subvencion

    Ya está disponible en la aplicación telemática el espacio correspondiente a la grabación y justificación de costes, certificación de grupos y acciones y firma y envío de la cuenta justificativa de los Programas de Formación de la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, 2018.

    También se encuentran disponibles en la página web de Fundae las guías correspondientes.

    file pdf Guía de grabación y justificación de costes - Programas de formación 2018.
    file pdf Guía de certificación de grupos y acciones - Programas de formación 2018.
    file pdf Guía de certificación, firma y envío de cuenta justificativa - Programas de formación 2018.

     :

  • Publicado el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral

    libros

    Continuando con el desarrollo reglamentario de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, iniciado por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, mediante la nueva Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, se establece la estructura del Catálogo de Especialidades Formativas, así como los procedimientos para su actualización permanente, incluyendo el procedimiento para el alta, modificación, baja y reactivación de especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas, de manera que responda con agilidad a las demandas de formación de sectores y ocupaciones emergentes.

    La nueva Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, viene a desarrollar parcialmente el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, con el objeto de regular la estructura y contenido del Catálogo de Especialidades Formativas y el procedimiento para su gestión y actualización, de manera que responda con agilidad a las demandas de formación de los sectores y ocupaciones emergentes.

    Así mismo, se establecen los mecanismos para la difusión, seguimiento y evaluación del citado Catálogo, con objeto de asegurar su calidad y el cumplimiento de sus finalidades y queda derogada la Resolución de 12 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades en el fichero de especialidades formativas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única relativa a la gestión por el Servicio Público de Empleo Estatal.

    Catálogo de Especialidades Formativas

    El Catálogo de Especialidades Formativas es uno de los instrumentos de transparencia y difusión del sistema integrado de información de la formación profesional para el empleo, e incluye la ordenación de toda la oferta de formación, formal y no formal, desarrollada en el marco del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

    Las finalidades del Catálogo de Especialidades Formativas son las siguientes:

    1. Adecuar y actualizar la oferta de formación profesional para el empleo, considerando la prospección y detección de necesidades formativas y el escenario plurianual, previstos en los artículos 4 y 5 de Ley 30/2015, de 9 de septiembre, así como los resultados del seguimiento, control y evaluación de la formación u otras fuentes de información de los Servicios Públicos de Empleo.
    2. Ser el referente común para la programación de las acciones formativas en todas las iniciativas de formación profesional para el empleo dirigidas a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, excepto las dirigidas a la formación programada por las empresas para sus trabajadores.
    3. Ser un referente en los procesos de la acreditación y/o inscripción de las entidades de formación en los registros de las Administraciones Públicas competentes, cuando estas reúnan los requisitos especificados en el Catálogo, según se establece en el artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.
    4. Facilitar el seguimiento, evaluación y mejora de la calidad de la formación profesional para el empleo, considerando lo establecido en los programas de las especialidades formativas que configuran el Catálogo y los resultados alcanzados en la impartición de las correspondientes acciones formativas.
    5. Favorecer los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en la formación formal, mediante la certificación de módulos superados y de expedición de los certificados de profesionalidad o de sus acreditaciones parciales acumulables, que se reflejarán en la Cuenta de Formación del trabajador; y en la formación no formal, mediante la expedición de los diplomas acreditativos o de los certificados de asistencia, como corresponda en cada caso, según lo recogido en el artículo 7 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio.
    6. Ser un instrumento de apoyo para la orientación profesional realizada por los Servicios Públicos de Empleo, mediante la utilización del Catálogo para el diseño de itinerarios personalizados para el empleo y la identificación de itinerarios formativos cuando se precise, para los usuarios de dichos servicios, en la búsqueda de oportunidades de formación y/o empleo acordes a su perfil, de acuerdo con lo establecido en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, aprobada por Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, y su normativa de desarrollo.
    7. Contribuir a la transparencia y unidad del mercado laboral y a la movilidad de las personas trabajadoras.

    Marco jurídico, estable y común

    Con la finalidad de establecer un marco jurídico, estable y común para todos, que contribuya a reforzar la coordinación, la colaboración y la cooperación de los diferentes actores y Administraciones Públicas que participan en el Sistema de Formación Profesional para el empleo, garantizando de este modo la necesaria unidad de mercado, la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, regula la estructura, contenido y procedimiento de actualización del Catálogo de Especialidades Formativas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, para lo que, en sus anexos se establecen:

    1. Familias y Áreas Profesionales.
    2. Propuesta de alta o modificación de especialidad formativa.
    3. Propuesta de alta de itinerario formativo.
    4. Propuesta de baja o reactivación de especialidad o itinerario formativo.
    5. Programa formativo.

    Áreas prioritarias, Iniciativas de formación y tipos de programas y Valoración de las especialidades

    A efectos de la programación formativa se considerarán áreas prioritarias las dirigidas a anticipar las necesidades de cualificación del sistema productivo así como a cubrir las necesidades actuales y las orientadas al desarrollo de los sectores más innovadores y/o con mejores perspectivas de empleo o necesidades vinculadas con los sectores productivos que tengan regulaciones específicas, de conformidad con lo que establezcan al respecto el informe anual y el escenario plurianual previstos en los artículos 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.

    Junto a las áreas prioritarias, para las especialidades del Catálogo se contemplarán también las siguientes variables:

    1. Iniciativas de formación y tipos de programas: Para cada especialidad se registrarán las iniciativas y tipo de programa en los que ha intervenido.
    2. Valoración de las especialidades: Se dispondrá de información sobre el funcionamiento de las especialidades para valorar su calidad por parte de distintos agentes, como las entidades o centros de formación y los participantes en la misma.
  • Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo
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    Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía d ela estabilidad en el empleo y la transforamción del mercado de trabajo

    1. ENTRADA EN VIGOR

    El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, el 31 de diciembre de 2021, con las excepciones que se indican en los apartados correspondientes.

    2. CONTRATO FORMATIVO (Artículo primero. Uno)

    La nueva regulación entrará en vigor el 31 de marzo de 2022.

    Tendrá dos modalidades:

    Contrato de formación en alternancia:

    • Objeto: compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.
    • Edad:
      • Con carácter general no existe límite de edad.
      • Hasta 30 años cuando se suscriba el contrato en el marco de certificados profesionales de nivel 1 y 2 o de programas públicos o privados de formación en alternancia que formen parte del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.
    • Duración: mínimo tres meses y máximo dos años, continuados o no.
    • Tiempo de trabajo efectivo: no podrá ser superior al 65%, durante el primer año, o al 85%, durante el segundo, de la jornada máxima prevista en convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
    • Retribución: se fijará en convenio y, en su defecto, no podrá ser inferior al 60% el primer año y al 75% el segundo año, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
    • Plan formativo individual:
      • Recogerá el contenido de la formación, el calendario y las actividades y los requisitos de tutoría para su cumplimiento. Habrá un tutor designado por el centro o entidad formativa y otro por la empresa.
      • Elaborado por el centro o entidad formativa con la participación de la empresa.
    • Se podrá concertar:
      • A tiempo parcial.
      • En horario nocturno y a turnos cuando las actividades formativas para la adquisición de los aprendizajes previstos en el plan formativo no puedan desarrollarse en otros periodos.
      • Varios contratos con varias empresas para cubrir las distintas actividades del ciclo, plan o programa formativo.
    • No se podrán celebrar cuando la actividad o puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por la persona trabajadora en la misma empresa bajo cualquier modalidad por tiempo superior a seis meses.
    • No podrán realizarse horas complementarias ni extraordinarias, salvo por causa de fuerza mayor, y no llevará aparejado un periodo de prueba.
    • Cotización (Artículo tercero. Nueve. Disposición adicional cuadragésima tercera):
      • Se prevé un nuevo régimen de cotización que entrará en vigor a partir del 31 de marzo de 2022 y será aplicable a los contratos de formación y aprendizaje vigentes a esa fecha y a los nuevos contratos de formación en alternancia.
      • Cuando la base de cotización mensual por contingencias comunes no supere la base mínima mensual de cotización del Régimen General, el empresario ingresará las cuotas únicas que determina la Ley de Presupuestos Generales del Estado, siendo la cuota por contingencias comunes a cargo del empresario y del trabajador, y la cuota por contingencias profesionales a cargo del empresario. Igualmente, ingresará las cuotas únicas correspondientes al Fondo de Garantía Salarial, que serán a su exclusivo cargo, así como las correspondientes a desempleo y por formación profesional, que serán a cargo del empresario y del trabajador, en las cuantías igualmente fijadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
      • Cuando la base de cotización mensual por contingencias comunes supere la base mínima mensual de cotización del Régimen General, la cuota a ingresar estará constituida por el resultado de sumar las cuotas únicas antes citadas y las cuotas resultantes de aplicar los tipos de cotización que correspondan al importe que exceda la base de cotización anteriormente indicada de la base mínima.
      • A los contratos a tiempo parcial les resultarán de aplicación las normas de cotización indicadas para los contratos formativos en alternancia a tiempo completo.
      • Se aplicarán las exoneraciones que a 31 de marzo de 2022 estén establecidas para los contratos para la formación y el aprendizaje.
    • Régimen transitorio (Disposición transitoria segunda):
      • Hasta la entrada en vigor del nuevo régimen de cotización, 31 de marzo de 2022, la cotización de los contratos de formación en alternancia que se suscriban a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, 31 de diciembre de 2021, y de los contratos para la formación y el aprendizaje suscritos con anterioridad a la misma, se realizará conforme a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 para los contratos para la formación y el aprendizaje.
    • Contratación de jóvenes menores de dieciocho años en trabajos con riesgos específicos (Disposición final quinta): Ante las prohibiciones del trabajo de jóvenes menores de 18 años en determinadas profesiones y oficios, derivadas del Decreto de 26 julio de 1957, sobre Industrias y Trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos e insalubres, que se encuentran desfasadas y generan limitaciones a la inserción de los jóvenes y el desarrollo de la formación profesional dual, se prevé que en el plazo de tres meses desde el 31 de diciembre de 2021, el Ministerio de Trabajo y Economía Social presentará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas un análisis de la normativa de seguridad y salud aplicable a los menores, para la elaboración de un reglamento sobre las peculiaridades aplicables a la contratación de personas jóvenes menores de dieciocho años en trabajos que presenten riesgos específicos, que aprobará el Gobierno, en desarrollo del artículo 27.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

    Contrato para la obtención de la práctica profesional:

    • Objeto: el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios.
    • Podrá concertarse:
      • Con quienes estuviesen en posesión de un título universitario, título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional o título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo.
      • Dentro de los tres años, o de los cinco años si se concierta con una persona con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
    • No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los periodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación.
    • Duración: mínimo seis meses y máximo un año.
    • Periodo de prueba: no podrá exceder de un mes, salvo lo dispuesto en convenio colectivo.
    • Retribución por tiempo de trabajo efectivo: será la fijada en convenio y, en su defecto, la del grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
    • La empresa elaborará un plan formativo individual y asignará un tutor.
    • No podrán realizarse horas extraordinarias, salvo por causa de fuerza mayor.

    Común a ambas modalidades:

    • Será indefinido ordinario el contrato celebrado en fraude de ley o incumpliendo los requisitos formativos.
    • Se podrán realizar en empresas en ERTES, del artículo 47 o 47 bis, siempre que las personas contratadas no sustituyan funciones o tareas realizadas habitualmente por las personas afectadas por las medidas de suspensión de contratos o de reducción de jornada.
    • La acción protectora de la Seguridad Social comprenderá todas las contingencias protegibles y prestaciones, incluido el desempleo y la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.
    • Bonificación del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes, durante la vigencia del contrato, cuando se concierten con personas trabajadoras con discapacidad.

    Régimen transitorio (Disposición transitoria primera):

    • Los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje basados en lo previsto en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción anterior a esta reforma que estará vigente hasta 30 de marzo de 2022, resultarán aplicables hasta su duración máxima, en los términos recogidos en el citado precepto.
    • Por lo tanto, podrán seguir realizándose contratos de prácticas y para la formación y el aprendizaje hasta el 30 de marzo de 2022, conforme a su regulación y regirán hasta su duración máxima, es decir, hasta 2 y tres años como máximo, respectivamente.

    Estatuto del Becario (Disposición adicional segunda):

    El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta norma, convocará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, para en el ámbito del diálogo social abordar el Estatuto del Becario, que tendrá por objeto la formación práctica tutorizada en empresas u organismos equiparados, así como la actividad formativa desarrollada en el marco de las practicas curriculares o extracurriculares previstas en los estudios oficiales.

    Descarga de documentos

    file pdf Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

     

  • Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal
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    Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal

    Se ha publicado la "Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas".

    La Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal estableció una serie de medidas para flexibilizar las condiciones en que ha de ejecutarse temporalmente la formación profesional para el empleo, sin que ello vaya en detrimento de la eficacia que ha de mantener en aras a fortalecer la empleabilidad de los trabajadores y trabajadoras y la competitividad de las empresas.

    La presente resolución tiene por objeto el mantenimiento y adopción de medidas de carácter extraordinario en relación con la impartición de acciones formativas financiadas en el marco del Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, encaminadas a paliar los efectos del impacto económico y social derivado de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que posibiliten y faciliten la ejecución de la formación de los trabajadores y trabajadoras, optimizando su empleabilidad, y contribuyan a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.

    El ámbito de aplicación de esta resolución se circunscribe al ámbito de gestión estatal del Servicio Público de Empleo Estatal en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

    Por otro lado, se ha considerado conveniente hacer extensivas estas medidas a los permisos individuales de formación que se soliciten durante el ejercicio 2021 y a los programas de formación financiados al amparo de la Resolución de 10 de diciembre de 2019 del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, por el procedimiento de trámite anticipado, la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.

     

  • Resolución FUNDAE – Formación Programada
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    Resolución FUNDAE – Formación Programada

    Resolución de 9 de diciembre de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, publicado el viernes 24 de diciembre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2022:

    • Mantenimiento de aula virtual como formación presencial.
    • Uso de medios electrónicos para las comunicaciones con SEPE y FUNDAE.
    • Comunicaciones de inicio de la formación dos días antes de la fecha de comienzo del grupo.

    Se han ampliado al ejercicio 2022 las medidas adoptadas en la Resolución de 15 de abril de 2020, que también se aplicaron durante el 2021, para las acciones formativas que se programen durante 2022, con cargo al crédito de formación del que disponen las empresas durante dicho ejercicio. Asimismo se hacen extensivas estas medidas a los permisos individuales de formación que se soliciten durante el ejercicio 2022.

    Todo este conjunto de medidas se adopta en el marco competencial de gestión correspondiente al Estado, por el Servicio Público de Empleo Estatal, habiendo consultado para ello a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y los demás agentes que intervienen en el sistema de formación profesional para el empleo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

    Descarga de documentos

    file pdf Resolución de 9 de diciembre de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2022.

     

  • Resultados de la EPA (Encuesta de Población Activa)

    Resultados EPACon la publicación de los resultados de la EPA (Encuesta de Población Activa) el pasado 25 de octubre, la tasa de desempleo bajó por primera vez desde finales de 2008 del 15%, situándose en el periodo de julio a septiembre de 2018 en el 14,55%. Según la disposición transitoria novena de la Ley 3/2012, “Hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del 15 por ciento podrán realizarse contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de 30 años sin que sea de aplicación el límite de edad establecido en el párrafo primero del artículo 11.2ª del Estatuto de los Trabajadores”.

    Según la consulta telefónica al Servicio Público de Empleo, nos indican que para hacer efectivo el artículo 11.2ª del Estatuto de los Trabajadores, se necesita una consolidación de este porcentaje de desempleo reflejado en la EPA en los próximos trimestres. Posteriormente el SEPE deberá emitir un comunicado para dejar sin efecto la disposición transitoria novena de la Ley 3/2012.

    Por lo tanto y hasta que no se produzca dicha comunicación, se podrán seguir registrando contratos para la formación a menores de 30 años.

    Estadísticas mes de octubre

    El pasado 5 de noviembre fueron publicadas en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal las estadísticas de contratos del mes de octubre. Se registraron 4.636 contratos para la formación y aprendizaje lo que representa una bajada del 6,55% respecto al mismo mes del año anterior.

    En términos anuales registra un incremento del 2,39%, pasando de los 38.914 a los 39.843 contratos registrados de enero a octubre de 2018. Por provincias es Madrid la que más contratos registra con 4.168 seguida de Sevilla con 3.113. Por Comunidades Autónomas, se sitúa en cabeza Andalucía con 10.693 contratos lo que representa el 26,84% del total registrado en los servicios públicos de empleo. Muy por detrás aparece Canarias con poco más 5.000 contratos y la Comunidad Valencia por encima de los 4.300.

     

  • Se aprueba la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas

    boe logotipoDe conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/435816): 

    Primero. Entidades solicitantes: requisitos y acreditación.

    Podrán solicitar subvenciones para financiar la ejecución de los distintos tipos de programas vinculados objeto de esta convocatoria de ámbito estatal, señalados en el artículo 11 las siguientes entidades:

    1. Las entidades de formación, públicas o privadas, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, acreditadas y/o inscritas, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.

      En todo caso se considera que cumplen los requisitos los Centros de Referencia Nacional para las especialidades y certificados de su ámbito de referencia, así como los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad pública.

      Si una entidad se presenta al amparo de esta letra a) no podrá participar en ninguna de las agrupaciones previstas en la letra b) para el mismo tipo de programa o ámbito sectorial.
    2. Las agrupaciones previstas en el artículo 3.6 de la Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas.

      Requisitos de las entidades de formación solicitantes.
      1. Las entidades de formación deberán estar acreditadas y/o inscritas al momento de presentación de la solicitud para aquellas especialidades formativas que constituyan el objeto de la misma. Asimismo, las entidades deberán cumplir por cada certificado de profesionalidad, los requisitos establecidos en los reales decretos reguladores de cada certificado de profesionalidad en la impartición de formación correspondiente a la misma familia profesional.
      2. En el caso de especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas no vinculadas a la obtención de un certificado de profesionalidad, las entidades de formación deberán estar inscritas para la impartición de las acciones incluidas en la solicitud presentada al momento de la presentación de la misma.

        No obstante, a los solos efectos de la presente convocatoria, la inscripción de la entidad de formación que no estuviera previamente inscrita, se realizará, tanto en la modalidad presencial como en la de teleformación, a través de la presentación de una declaración responsable (anexos V y/o VI), junto con la solicitud de la subvención. Esta inscripción será de aplicación únicamente en el supuesto de que la entidad resulte beneficiaria y tendrá una vigencia limitada a la de la propia duración de la impartición de las acciones formativas subvencionadas. Las entidades deberán cumplir con la normativa de aplicación y los requisitos y especificaciones recogidas en los programas formativos de cada especialidad. La falta de inscripción previa, o de presentación junto a la solicitud de los mencionados anexos V y/o VI, implicará la anulación de la acción formativa y, en su caso, de la entidad afectada, lo que podrá suponer la denegación de la solicitud presentada.
      3. Las entidades solicitantes habrán de estar constituidas como entidades de formación, con anterioridad al 1 de enero de 2018, y disponer, de conformidad con el artículo 15.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación, tanto teórica como práctica, así como la calidad de la misma. Las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad.
      4. A tal fin las entidades deberán acreditar la disponibilidad de instalaciones y recursos humanos adecuados que la entidad destinará a la ejecución del programa de formación, indicando si son de titularidad propia o si su disponibilidad proviene de cualquier otra atribución válida en derecho. Esta información se acreditará mediante la presentación de una declaración responsable del representante legal junto con la solicitud de la subvención. Deberán contar con, al menos, una persona contratada por cuenta ajena con anterioridad al 1 de enero de 2018.

    Segundo. Objeto.

    Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad la financiación de programas de formación de ámbito estatal dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, con las necesidades de adaptación a los cambios del sistema productivo y a las posibilidades de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.

    Se distinguen los siguientes tipos de programas de formación:

    1. Programas transversales generales compuestos por acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores.
    2. Programas de formación sectoriales estatales compuestos por acciones formativas dirigidas a la formación de trabajadores de un ámbito sectorial concreto, que respondan a las necesidades de adquisición de competencias técnico profesionales específicas a cada uno de los sectores productivos.
    3. Programas de formación transversales: dirigidos a personas trabajadoras autónomas y programas de formación transversales dirigidos a personas trabajadoras y socias de la economía social, siempre que aporten actividad económica.

    Las especialidades formativas correspondientes a los diferentes tipos de programas figurarán en el Anexo III de esta Convocatoria y en la página web de FUNDAE (www.fundae.es).

    Tercero. Normativa.

    Esta convocatoria se regirá de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, que en su artículo 8 contempla las iniciativas de formación profesional para el empleo, entre las que figura la oferta formativa de las administraciones competentes para trabajadores ocupados, que incluye programas de formación sectoriales y programas de formación transversales.

    Dicha Ley ha sido desarrollada por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que en su Capítulo III regula la oferta formativa para trabajadores ocupados.

    Por otro lado, al encontrarse en proceso de elaboración el desarrollo mediante órdenes ministeriales del mencionado Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera del mismo, esta convocatoria se regirá, en lo no regulado por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre y en este real decreto, por la normativa que sea de aplicación, constituida actualmente por la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

    Cuarto. Cuantía.

    Los programas de formación que se desarrollen al amparo de esta convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario 19.101.241B.482.50 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, por un importe 350.000.000,00 euros, correspondiendo al ejercicio 2019, 140.000.000 euros, al ejercicio 2020, 105.000.000 euros, y al ejercicio 2021: 105.000.000 euros.

    La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la vigencia y suficiencia del citado crédito presupuestario.

    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

    El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto.

    Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes.

    La valoración de las solicitudes se realizará aplicando la metodología de valoración técnica, que figura en el anexo IV de la convocatoria.

    BOE núm. 21, de 24 de enero de 2019.
    Extracto de la Resolución de 17 de enero de 2019, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.
  • Sesión informativa «Formación para el Empleo – COVID-19»
    presentacion covid19

    Desde ANCED se han analizado las últimas novedades de las distintas iniciativas de Formación para el Empleo y la situación actual en el sector, por las consecuencias del estado de alarma en la formación.

    Programa de la sesión has sido el siguiente:

    • Situación actual y perspectivas.
    • Acciones llevadas a cabo por la asociación ante la administración.
    • Situación de la FPE, Ocupados y Desempleados, Programada y Privada. De la Presencia a Teleformación.
    • Contratos para la Formación y Aprendizaje.
    file pdf Presentación ANCED


    Fecha: 07/04/2020

     

  • Sesión Informativa «Reforma Laboral»
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    Para el evento hemos contado con la presencia de D.ª Rosa Santos Fernández, Directora Departamento de Empleo, Diversidad y Protección Social de CEOE y a D.ª Ana Herráez Plaza, Adjunta a la Dirección Responsable del Área de Mercado de Trabajo y Negociación Colectiva de CEOE, que nos han informado de la nueva regulación sobre contratación temporal, del contrato fijo discontinuo y del nuevo contrato para la formación en alternancia.

  • Urge un plan de choque de formación para el empleo

    La falta de ejecución presupuestaria y la rigidez legal han destruido la mitad de las empresas del sector 

    Cinco Días. 22 de noviembre de 2018

    1542819181 469074 1542819319 noticia normal recorte1

    Durante los años de la crisis el Gobierno dejó de invertir 1.500 millones en formación para el empleo, lo que en la práctica supuso que 4,8 millones de trabajadores, ocupados o desempleados, quedaron sin cualificar. Estos datos acreditan la necesidad urgente de que el actual Ejecutivo implemente un plan de choque que impulse la formación para el empleo y remedie lo antes posible la situación. Esa urgencia se sustenta también en el hecho de que en los Presupuestos Generales del Estado para 2018 se destinan partidas específicas para la capacitación de los trabajadores, pero en lo que llevamos de año apenas se ha publicado una pequeña convocatoria para la formación digital por un importe de 50,4 millones.

    La Constitución confiere a los poderes públicos la responsabilidad de asegurar el acceso a la capacitación de las personas para el trabajo y la actualización de sus competencias y conocimientos a lo largo de su vida profesional. Hablamos de una cualificación profesional –que como derecho individual recoge también el Estatuto de los Trabajadores– esencial para la empleabilidad y de la que depende en buena medida la mejora de la competitividad de la economía española.

    La formación para el empleo es siempre necesaria, pero en un país como el nuestro, en el que los porcentajes de paro son todavía muy elevados y en el que una parte significativa de los desempleados no tienen una cualificación básica que favorezca su inserción en el mundo laboral, es imprescindible. Conviene además tener en cuenta que la formación para el empleo se financia con los recursos procedentes de las cuotas finalistas para formación profesional que empresas y trabajadores aportan a la Seguridad Social, a las que se suman otras cantidades otorgadas por el Fondo Social Europeo.

    A la falta de ejecución presupuestaria hay que sumar la disminución de la formación programada por las empresas, tanto las grandes como las pequeñas y medianas, como consecuencia de la inseguridad jurídica, la falta de flexibilidad y la excesiva carga burocrática que conllevan los sistemas de justificación e inspección. Una minoración que se ha producido al mismo tiempo que los contratos para la formación y el aprendizaje se reducían drásticamente, a un ritmo de 130.000 contratos menos al año, debido a la desaparición de la formación a distancia y la vinculación de la actividad formativa a los certificados de profesionalidad en modalidad presencial o teleformación.

    Tradicionalmente España ha contado con un sector de empresas prestadoras de servicios de formación altamente profesionalizado, que cuenta con más de 15.000 empresas. Hasta 2014, las Administraciones públicas realizaban convocatorias anuales dirigidas a los agentes sociales quienes, a su vez, contrataban con esas empresas formadoras. Las convocatorias eran recurrentes lo que le permitió al sector invertir en mejoras productivas y en la calidad de la formación, así como en el desarrollo de contenidos formativos avanzados.

    A partir de la modificación que se recoge en la Ley 30/2015, reguladora del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, los agentes sociales dejaron de participar en la gestión de los fondos y en la impartición de la formación y se trasladó ese papel a las empresas formadoras, exigiéndoles concurrencia competitiva. Sin embargo, se mantiene el sistema subvencional pensado para organizaciones sin ánimo de lucro y no para empresas inmersas en una actividad económica ordinaria.

    Las convocatorias, tanto en el ámbito estatal como autonómico, no solo son escasas, sino que tienden a ser confusas y, a veces, inaplicables y con requisitos de gestión que en ocasiones rondan el absurdo. Esa situación ha ahogado el desarrollo de la actividad de formación para el empleo en los últimos cuatro años, ha provocado la destrucción de casi el 50% del tejido empresarial formativo existente en 2014 y ha afectado al colectivo de 150.000 profesionales, que han visto deterioradas sus condiciones de trabajo cuando no directamente abocados al desempleo.

    La mejora de las condiciones laborales de empleados y desempleados, así como la sostenibilidad de la recuperación económica precisan de trabajadores y trabajadoras más y mejor cualificados para atender a la capacitación que demandan las empresas. Por eso es urgente la aplicación por parte del Gobierno de un plan de choque que impulse la formación para el empleo con la publicación antes de que finalice 2018 y con cargo a presupuesto 2018 de la convocatoria de oferta estatal correspondiente a este año, por un importe no inferior a 600 millones. Sería positivo que esa convocatoria planteara un escenario plurianual, que garantice una oferta formativa de calidad y permita una planificación estratégica de la formación. Los centros y entidades de formación podrían así incrementar sus inversiones en un marco de certidumbre y estabilidad normativa.

    Una aplicación adecuada de la Ley 30/2015 requiere además de la contribución de los agentes sociales, sindicatos y patronal, la concurrencia de las empresas formadoras y la presencia de especialistas independientes que vuelquen su experiencia en una comisión de expertos, constituida por el Gobierno, al que tendría que elevar recomendaciones de aplicación inmediata. Esas sugerencias deberían incidir en la mejora de la identificación de las necesidades formativas y la evaluación de su impacto, el impulso a la formación programada por las empresas, la promoción de la impartición a través de las nuevas tecnologías, la reanualización obligatoria y automática de los fondos con la incorporación al siguiente ejercicio de los remanentes de crédito no asignados o la progresiva sustitución del actual sistema subvencional, entre otras. La aplicación urgente de esas medidas es esencial para relanzar las políticas de formación para el empleo, mejorar la cualificación de los trabajadores y afrontar con éxito los retos de una economía cada día más competitiva.

    Juan Antonio Sánchez, Pedro Pablo Rey, Jorge Azcárate y Alfonso Aguiló son presidentes de Aegef, Cecap, Anced y CECE, respectivamente

  • Urge un plan de choque de formación para el empleo

     

    La falta de ejecución presupuestaria y la rigidez legal han destruido la mitad de las empresas del sector 

    Cinco Días. 22 de noviembre de 2018

    1542819181 469074 1542819319 noticia normal recorte1

    Durante los años de la crisis el Gobierno dejó de invertir 1.500 millones en formación para el empleo, lo que en la práctica supuso que 4,8 millones de trabajadores, ocupados o desempleados, quedaron sin cualificar. Estos datos acreditan la necesidad urgente de que el actual Ejecutivo implemente un plan de choque que impulse la formación para el empleo y remedie lo antes posible la situación. Esa urgencia se sustenta también en el hecho de que en los Presupuestos Generales del Estado para 2018 se destinan partidas específicas para la capacitación de los trabajadores, pero en lo que llevamos de año apenas se ha publicado una pequeña convocatoria para la formación digital por un importe de 50,4 millones.

    La Constitución confiere a los poderes públicos la responsabilidad de asegurar el acceso a la capacitación de las personas para el trabajo y la actualización de sus competencias y conocimientos a lo largo de su vida profesional. Hablamos de una cualificación profesional –que como derecho individual recoge también el Estatuto de los Trabajadores– esencial para la empleabilidad y de la que depende en buena medida la mejora de la competitividad de la economía española.

    La formación para el empleo es siempre necesaria, pero en un país como el nuestro, en el que los porcentajes de paro son todavía muy elevados y en el que una parte significativa de los desempleados no tienen una cualificación básica que favorezca su inserción en el mundo laboral, es imprescindible. Conviene además tener en cuenta que la formación para el empleo se financia con los recursos procedentes de las cuotas finalistas para formación profesional que empresas y trabajadores aportan a la Seguridad Social, a las que se suman otras cantidades otorgadas por el Fondo Social Europeo.

    A la falta de ejecución presupuestaria hay que sumar la disminución de la formación programada por las empresas, tanto las grandes como las pequeñas y medianas, como consecuencia de la inseguridad jurídica, la falta de flexibilidad y la excesiva carga burocrática que conllevan los sistemas de justificación e inspección. Una minoración que se ha producido al mismo tiempo que los contratos para la formación y el aprendizaje se reducían drásticamente, a un ritmo de 130.000 contratos menos al año, debido a la desaparición de la formación a distancia y la vinculación de la actividad formativa a los certificados de profesionalidad en modalidad presencial o teleformación.

    Tradicionalmente España ha contado con un sector de empresas prestadoras de servicios de formación altamente profesionalizado, que cuenta con más de 15.000 empresas. Hasta 2014, las Administraciones públicas realizaban convocatorias anuales dirigidas a los agentes sociales quienes, a su vez, contrataban con esas empresas formadoras. Las convocatorias eran recurrentes lo que le permitió al sector invertir en mejoras productivas y en la calidad de la formación, así como en el desarrollo de contenidos formativos avanzados.

    A partir de la modificación que se recoge en la Ley 30/2015, reguladora del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, los agentes sociales dejaron de participar en la gestión de los fondos y en la impartición de la formación y se trasladó ese papel a las empresas formadoras, exigiéndoles concurrencia competitiva. Sin embargo, se mantiene el sistema subvencional pensado para organizaciones sin ánimo de lucro y no para empresas inmersas en una actividad económica ordinaria.

    Las convocatorias, tanto en el ámbito estatal como autonómico, no solo son escasas, sino que tienden a ser confusas y, a veces, inaplicables y con requisitos de gestión que en ocasiones rondan el absurdo. Esa situación ha ahogado el desarrollo de la actividad de formación para el empleo en los últimos cuatro años, ha provocado la destrucción de casi el 50% del tejido empresarial formativo existente en 2014 y ha afectado al colectivo de 150.000 profesionales, que han visto deterioradas sus condiciones de trabajo cuando no directamente abocados al desempleo.

    La mejora de las condiciones laborales de empleados y desempleados, así como la sostenibilidad de la recuperación económica precisan de trabajadores y trabajadoras más y mejor cualificados para atender a la capacitación que demandan las empresas. Por eso es urgente la aplicación por parte del Gobierno de un plan de choque que impulse la formación para el empleo con la publicación antes de que finalice 2018 y con cargo a presupuesto 2018 de la convocatoria de oferta estatal correspondiente a este año, por un importe no inferior a 600 millones. Sería positivo que esa convocatoria planteara un escenario plurianual, que garantice una oferta formativa de calidad y permita una planificación estratégica de la formación. Los centros y entidades de formación podrían así incrementar sus inversiones en un marco de certidumbre y estabilidad normativa.

    Una aplicación adecuada de la Ley 30/2015 requiere además de la contribución de los agentes sociales, sindicatos y patronal, la concurrencia de las empresas formadoras y la presencia de especialistas independientes que vuelquen su experiencia en una comisión de expertos, constituida por el Gobierno, al que tendría que elevar recomendaciones de aplicación inmediata. Esas sugerencias deberían incidir en la mejora de la identificación de las necesidades formativas y la evaluación de su impacto, el impulso a la formación programada por las empresas, la promoción de la impartición a través de las nuevas tecnologías, la reanualización obligatoria y automática de los fondos con la incorporación al siguiente ejercicio de los remanentes de crédito no asignados o la progresiva sustitución del actual sistema subvencional, entre otras. La aplicación urgente de esas medidas es esencial para relanzar las políticas de formación para el empleo, mejorar la cualificación de los trabajadores y afrontar con éxito los retos de una economía cada día más competitiva.

    Juan Antonio Sánchez, Pedro Pablo Rey, Jorge Azcárate y Alfonso Aguiló son presidentes de Aegef, Cecap, Anced y CECE, respectivamente

  • Valeriano Gómez cree que debería haber más colaboración público-privada en la formación profesional

    Durante la presentación en Valladolid del informe "La Formación para el Empleo en España" el exministro de Trabajo Valeriano Gómez cree que la formación profesional necesita que la colaboración público-privada sea "mucho más fuerte" para que la gran crisis económica que también ha tocado "de forma decisiva" a este sector "quede atrás". También ha asegurado que la estabilidad es "clave" para poder diseñar, sobre todo, cuando se depende de políticas públicas.

    Durante la presentación del informe, también se ha hecho hincapié en que el desempleo se combate preparando a las personas para poder incluirlas dentro del mercado laboral y si hay capacidad de diagnosticar qué demandan las empresas para formar a la gente en los ámbitos de los que haya necesidad.

    Respecto a años anteriores, Gómez ha asegurado que se registró una permanente reducción de la oferta de formación, porque en la estructura productiva española predominan las pymes y estas no tienen estructura ni diseño propio para llevar a cabo una gestión de la formación y obtener algún tipo de ayuda.

    Además, el gasto real en formación empezó a decaer, incluso en la formación bonificada. De hecho, se pasó de registrar algo más de 400 millones en 2010 hasta reducirse en más de un 50% en los años siguientes.

    El motivo es que el gasto que se haga en este ámbito debe hacerse, según el Tribunal de Cuentas, de forma eficiente de acuerdo a los términos de esta entidad de cuentas. Así, ha asegurado que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social está teniendo el problema de crear un marco de formación de calidad con requisitos de transparencia y objetividad.

    El estudio pone de relieve que la prestación de la formación para el empleo es una "auténtica" actividad económica. Por ello, recoge 18 medidas para mejorarla e impartir una formación de mayor calidad.

    Entre estas, destacan que las empresas aporten su experiencia dentro de los espacios de planificación plurianual para incrementar el conocimiento y la calidad del sistema de identificación de necesidades o que se ejecuten planes plurianuales de evaluación de la calidad de la formación para el empleo, tanto en el lado de la oferta como en el de la demanda.

    Por otro lado, entre otras medidas, el informe apuesta por establecer la realización anual de una campaña de sensibilización a cargo de las administraciones sobre el papel de la formación para el empleo, establecer la obligatoriedad de destinar el importe íntegro de los fondos procedentes de la cuota de formación de empresas y trabajadores, reanualizado de forma obligatoria los fondos no dispuestos, o mejorar los incentivos fiscales a la cofinanciación privada de la oferta formativa.

    Por su parte, las asociaciones organizadoras del evento (AEGEF, ANCED, CECAP y CECE), han anunciado el Plan de Choque que han hecho llegar a las Administraciones Públicas conteniendo una serie de medidas orientadas a garantizar la continuidad y buen funcionamiento del sector. Entre las medidas propuestas, las asociaciones han destacado la necesidad de dotar a las convocatorias de carácter plurianual, la reanualización de los fondos de formación profesional para el empleo, la sustitución del actual sistema de subvenciones, establecer mecanismos que eliminen la rigidez en los contratos para la formación y el aprendizaje, facilitar el acceso de las pymes a la formación programada por las empresas, la revisión del sistema actual de pagos y el fomento de modalidades de impartición de formación a través de nuevas tecnologías, así como la adecuación de la oferta formativa a la necesidades de trabajadores y empresas.

    Tras la reforma legislativa que ha supuesto la Ley 30/2015 y el Real Decreto posterior, las organizaciones del sector, que representan a más de 15.000 empresas y 150.000 puestos de trabajo directos, reivindican al Gobierno un desarrollo normativo que garantice la seguridad jurídica y mejore la planificación con el fin de promover una oferta formativa de calidad que mejore la empleabilidad en España.

    En el evento también han intervenido el presidente de la Asociación Estatal de Grandes Empresas de Formación (AEGEF), Juan Antonio Sánchez; el presidente de la Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia (ANCED), Jorge Azcárate; el vicepresidente de la Confederación Española de Empresas de Formación (CECAP), Lorenzo Alonso; y el secretario general la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), Santiago García. En sus intervenciones, han destacado como principal reto la necesidad de mejora del empleo y su calidad, reto que debe ser abordado en conjunto por la Administración Pública, los Agentes Sociales, las empresas y los trabajadores.

    El acto fue clausurado por Ignacio Fernández Zurita, Director Gerente de Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Jorge Azcárate, presidente de ANCED
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    El exministro de Trabajo e Inmigración Valeriano Gómez
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Ignacio Fernández Zurita, Director Gerente de FUNDAE
  • Valeriano Gómez cree que debería haber más colaboración público-privada en la formación profesional

    Durante la presentación en Valladolid del informe "La Formación para el Empleo en España" el exministro de Trabajo Valeriano Gómez cree que la formación profesional necesita que la colaboración público-privada sea "mucho más fuerte" para que la gran crisis económica que también ha tocado "de forma decisiva" a este sector "quede atrás". También ha asegurado que la estabilidad es "clave" para poder diseñar, sobre todo, cuando se depende de políticas públicas.

    Durante la presentación del informe, también se ha hecho hincapié en que el desempleo se combate preparando a las personas para poder incluirlas dentro del mercado laboral y si hay capacidad de diagnosticar qué demandan las empresas para formar a la gente en los ámbitos de los que haya necesidad.

    Respecto a años anteriores, Gómez ha asegurado que se registró una permanente reducción de la oferta de formación, porque en la estructura productiva española predominan las pymes y estas no tienen estructura ni diseño propio para llevar a cabo una gestión de la formación y obtener algún tipo de ayuda.

    Además, el gasto real en formación empezó a decaer, incluso en la formación bonificada. De hecho, se pasó de registrar algo más de 400 millones en 2010 hasta reducirse en más de un 50% en los años siguientes.

    El motivo es que el gasto que se haga en este ámbito debe hacerse, según el Tribunal de Cuentas, de forma eficiente de acuerdo a los términos de esta entidad de cuentas. Así, ha asegurado que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social está teniendo el problema de crear un marco de formación de calidad con requisitos de transparencia y objetividad.

    El estudio pone de relieve que la prestación de la formación para el empleo es una "auténtica" actividad económica. Por ello, recoge 18 medidas para mejorarla e impartir una formación de mayor calidad.

    Entre estas, destacan que las empresas aporten su experiencia dentro de los espacios de planificación plurianual para incrementar el conocimiento y la calidad del sistema de identificación de necesidades o que se ejecuten planes plurianuales de evaluación de la calidad de la formación para el empleo, tanto en el lado de la oferta como en el de la demanda.

    Por otro lado, entre otras medidas, el informe apuesta por establecer la realización anual de una campaña de sensibilización a cargo de las administraciones sobre el papel de la formación para el empleo, establecer la obligatoriedad de destinar el importe íntegro de los fondos procedentes de la cuota de formación de empresas y trabajadores, reanualizado de forma obligatoria los fondos no dispuestos, o mejorar los incentivos fiscales a la cofinanciación privada de la oferta formativa.

    Por su parte, las asociaciones organizadoras del evento (AEGEF, ANCED, CECAP y CECE), han anunciado el Plan de Choque que han hecho llegar a las Administraciones Públicas conteniendo una serie de medidas orientadas a garantizar la continuidad y buen funcionamiento del sector. Entre las medidas propuestas, las asociaciones han destacado la necesidad de dotar a las convocatorias de carácter plurianual, la reanualización de los fondos de formación profesional para el empleo, la sustitución del actual sistema de subvenciones, establecer mecanismos que eliminen la rigidez en los contratos para la formación y el aprendizaje, facilitar el acceso de las pymes a la formación programada por las empresas, la revisión del sistema actual de pagos y el fomento de modalidades de impartición de formación a través de nuevas tecnologías, así como la adecuación de la oferta formativa a la necesidades de trabajadores y empresas.

    Tras la reforma legislativa que ha supuesto la Ley 30/2015 y el Real Decreto posterior, las organizaciones del sector, que representan a más de 15.000 empresas y 150.000 puestos de trabajo directos, reivindican al Gobierno un desarrollo normativo que garantice la seguridad jurídica y mejore la planificación con el fin de promover una oferta formativa de calidad que mejore la empleabilidad en España.

    En el evento también han intervenido el presidente de la Asociación Estatal de Grandes Empresas de Formación (AEGEF), Juan Antonio Sánchez; el presidente de la Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia (ANCED), Jorge Azcárate; el vicepresidente de la Confederación Española de Empresas de Formación (CECAP), Lorenzo Alonso; y el secretario general la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), Santiago García. En sus intervenciones, han destacado como principal reto la necesidad de mejora del empleo y su calidad, reto que debe ser abordado en conjunto por la Administración Pública, los Agentes Sociales, las empresas y los trabajadores.

    El acto fue clausurado por Ignacio Fernández Zurita, Director Gerente de Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

     
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Jorge Azcárate, presidente de ANCED
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    El exministro de Trabajo e Inmigración Valeriano Gómez
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Ignacio Fernández Zurita, Director Gerente de FUNDAE
  • Vigo acoge el debate sobre el futuro de la Formación para el Empleo en España

     

    Presentación en Vigo del informe “La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado”

    • El exministro de Trabajo Valeriano Gómez destaca que “la formación para el empleo requiere de estabilidad política, financiera y jurídica para desarrollar su actividad con plenas garantías”.
    • Las organizaciones de las empresas prestadoras de servicios de Formación para el Empleo (AEGEF, ANCED, CECAP y CECE) han reclamado a la Administración Pública que ejecute el presupuesto recaudado para Formación para el Empleo en 2018.
    • El acto ha sido clausurado por Ignacio Fernández Zurita, director gerente de FUNDAE.

    Vigo, 16 de octubre de 2018. El exministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, ha presentado hoy en la Confederación de Empresarios de Pontevedra el informe La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado, que ha sido impulsado por las empresas prestadoras de servicios de Formación para el Empleo: la Asociación Estatal de Grandes Empresas de Formación (AEGEF), la Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia (ANCED), la Confederación Española de Empresas de Formación (CECAP) y la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE). El evento ha contado a su vez con el respaldo de las instituciones y organizaciones del sector de la formación en Galicia.

    Por su parte, las asociaciones han anunciado el Plan de Choque que han hecho llegar a las Administraciones Públicas conteniendo una serie de medidas orientadas a garantizar la continuidad y buen funcionamiento del sector. Entre las medidas propuestas, las asociaciones han destacado la necesidad de dotar a las convocatorias de carácter plurianual, la reanualización de los fondos de formación profesional para el empleo, la sustitución del actual sistema de subvenciones, establecer mecanismos que eliminen la rigidez en los contratos para la formación y el aprendizaje, facilitar el acceso de las pymes a la formación programada por las empresas, la revisión del sistema actual de pagos y el fomento de modalidades de impartición de formación a través de nuevas tecnologías, así como la adecuación de la oferta formativa a la necesidades de trabajadores y empresas.

    En su intervención, Valeriano Gómez ha manifestado que el sector de la formación precisa de una estrecha y fuerte colaboración de los poderes públicos para dotarlo de estabilidad política, financiera y jurídica para desarrollar su actividad con plenas garantías.

    Tras la reforma legislativa que ha supuesto la Ley 30/2015 y el Real Decreto posterior, las organizaciones del sector, que representan a más de 15.000 empresas y 150.000 puestos de trabajo directos, reivindican al Gobierno un desarrollo normativo que garantice la seguridad jurídica y mejore la planificación con el fin de promover una oferta formativa de calidad que mejore la empleabilidad en España.

    Gómez asegura en el informe que esta Ley es “uno de los más significativos hitos en el desarrollo reciente de la formación para el empleo en España”, pero requiere de una “estrecha y fuerte colaboración” entre el sector de la formación, los poderes públicos y los Agentes Sociales para afrontar juntos los retos actuales. El exministro ha demandado también a estos poderes públicos que ofrezcan a las empresas de formación estabilidad política, financiera y jurídica para desarrollar su actividad con plenas garantías.

    Gómez ha añadido que una de las mayores dificultades para el sector es la cantidad de requisitos burocráticos, que ahogan el desarrollo de la propia actividad de formación y generan una situación de inseguridad jurídica que retrae la iniciativa y la inversión. La solución para Gómez pasa por una formación para el empleo consolidada que avance hacia un sistema de gestión de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado, sometido a todos los controles que sean necesarios, siempre y cuando ese control no se realice a costa de dificultar su propia actividad.

    Jose Alfonso Marnotes González, Director Xeral de Orientación y Promoción Laboral de la Xunta de Galicia ha destacado la amplia red de formación gallega y ha reclamado la necesidad de adecuación entre la formación para el empleo y las necesidades que las empresas tienen en este ámbito.

    Santos Héctor Rodríguez, Concejal de Empleo, Economía y Voluntariado del Ayuntamiento de Vigo, ha destacado la calidad de las empresas gallegas de formación y ha destacado la necesidad de implicación de las Administraciones Públicas en la formación de los trabajadores.

    En el evento también han intervenido el representante de la Asociación Estatal de Grandes Empresas de Formación (AEGEF), José Campos; el presidente de la Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia (ANCED), Jorge Azcárate y el presidente de la Confederación Española de Empresas de Formación (CECAP), Pedro Rey. En sus intervenciones, han destacado como principal reto la necesidad de mejora del empleo y su calidad, reto que debe ser abordado en conjunto por la Administración Pública, los Agentes Sociales, las empresas y los trabajadores.

     
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Valeriano Gómez atiende a los medios de comunicación junto a los organizadores de la jornada
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    El exministro de Trabajo e Inmigración Valeriano Gómez
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Jorge Azcárate, presidente de ANCED
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Ignacio Fernández Zurita, Director Gerente de FUNDAE
  • Vigo acoge el debate sobre el futuro de la Formación para el Empleo en España

     

    Presentación en Vigo del informe “La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado”

    • El exministro de Trabajo Valeriano Gómez destaca que “la formación para el empleo requiere de estabilidad política, financiera y jurídica para desarrollar su actividad con plenas garantías”.
    • Las organizaciones de las empresas prestadoras de servicios de Formación para el Empleo (AEGEF, ANCED, CECAP y CECE) han reclamado a la Administración Pública que ejecute el presupuesto recaudado para Formación para el Empleo en 2018.
    • El acto ha sido clausurado por Ignacio Fernández Zurita, director gerente de FUNDAE.

    Vigo, 16 de octubre de 2018. El exministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, ha presentado hoy en la Confederación de Empresarios de Pontevedra el informe La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado, que ha sido impulsado por las empresas prestadoras de servicios de Formación para el Empleo: la Asociación Estatal de Grandes Empresas de Formación (AEGEF), la Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia (ANCED), la Confederación Española de Empresas de Formación (CECAP) y la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE). El evento ha contado a su vez con el respaldo de las instituciones y organizaciones del sector de la formación en Galicia.

    Por su parte, las asociaciones han anunciado el Plan de Choque que han hecho llegar a las Administraciones Públicas conteniendo una serie de medidas orientadas a garantizar la continuidad y buen funcionamiento del sector. Entre las medidas propuestas, las asociaciones han destacado la necesidad de dotar a las convocatorias de carácter plurianual, la reanualización de los fondos de formación profesional para el empleo, la sustitución del actual sistema de subvenciones, establecer mecanismos que eliminen la rigidez en los contratos para la formación y el aprendizaje, facilitar el acceso de las pymes a la formación programada por las empresas, la revisión del sistema actual de pagos y el fomento de modalidades de impartición de formación a través de nuevas tecnologías, así como la adecuación de la oferta formativa a la necesidades de trabajadores y empresas.

    En su intervención, Valeriano Gómez ha manifestado que el sector de la formación precisa de una estrecha y fuerte colaboración de los poderes públicos para dotarlo de estabilidad política, financiera y jurídica para desarrollar su actividad con plenas garantías.

    Tras la reforma legislativa que ha supuesto la Ley 30/2015 y el Real Decreto posterior, las organizaciones del sector, que representan a más de 15.000 empresas y 150.000 puestos de trabajo directos, reivindican al Gobierno un desarrollo normativo que garantice la seguridad jurídica y mejore la planificación con el fin de promover una oferta formativa de calidad que mejore la empleabilidad en España.

    Gómez asegura en el informe que esta Ley es “uno de los más significativos hitos en el desarrollo reciente de la formación para el empleo en España”, pero requiere de una “estrecha y fuerte colaboración” entre el sector de la formación, los poderes públicos y los Agentes Sociales para afrontar juntos los retos actuales. El exministro ha demandado también a estos poderes públicos que ofrezcan a las empresas de formación estabilidad política, financiera y jurídica para desarrollar su actividad con plenas garantías.

    Gómez ha añadido que una de las mayores dificultades para el sector es la cantidad de requisitos burocráticos, que ahogan el desarrollo de la propia actividad de formación y generan una situación de inseguridad jurídica que retrae la iniciativa y la inversión. La solución para Gómez pasa por una formación para el empleo consolidada que avance hacia un sistema de gestión de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado, sometido a todos los controles que sean necesarios, siempre y cuando ese control no se realice a costa de dificultar su propia actividad.

    Jose Alfonso Marnotes González, Director Xeral de Orientación y Promoción Laboral de la Xunta de Galicia ha destacado la amplia red de formación gallega y ha reclamado la necesidad de adecuación entre la formación para el empleo y las necesidades que las empresas tienen en este ámbito.

    Santos Héctor Rodríguez, Concejal de Empleo, Economía y Voluntariado del Ayuntamiento de Vigo, ha destacado la calidad de las empresas gallegas de formación y ha destacado la necesidad de implicación de las Administraciones Públicas en la formación de los trabajadores.

    En el evento también han intervenido el representante de la Asociación Estatal de Grandes Empresas de Formación (AEGEF), José Campos; el presidente de la Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia (ANCED), Jorge Azcárate y el presidente de la Confederación Española de Empresas de Formación (CECAP), Pedro Rey. En sus intervenciones, han destacado como principal reto la necesidad de mejora del empleo y su calidad, reto que debe ser abordado en conjunto por la Administración Pública, los Agentes Sociales, las empresas y los trabajadores.

     
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Valeriano Gómez atiende a los medios de comunicación junto a los organizadores de la jornada
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    El exministro de Trabajo e Inmigración Valeriano Gómez
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Jorge Azcárate, presidente de ANCED
    Presentación del informe "La Formación para el Empleo en España: propuestas para consolidar un sistema de formación para el empleo de calidad, eficiente, competitivo y profesionalizado" por Valeriano Gómez, exministro de Trabajo e Inmigración en colaboración con ANCED, AEGEF y CECAP
    Ignacio Fernández Zurita, Director Gerente de FUNDAE
  • Webinar «Convocatorias de ayudas Ministerio de Trabajo y Economía Social»
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    Para el evento hemos contado con la presencia de D. Juan Carlos Tejeda, Director de Educación y Formación de CEOE que nos ha informado de las convocatorias aprobadas y de la negociación de una nueva convocatoria estatal junto con José Luis Lorrio y Cesar de la Fuente, Técnicos de la Asistencia Técnica de CEOE – CEPYME en FUNDAE, que nos han analizado las convocatorias ya aprobadas del sector Turismo y TIC contestando a todas las consultas planteadas por los asistentes.

    Con más de 56 asistentes la webinar ha sido todo un éxito de convocatoria que se incluye entre las actividades que Anced propone para dar información y visibilidad a todo aquello relacionado con la formación y la formación en el empleo en cualquier ámbito y ofrecer los últimos datos relacionados con la gestión de las iniciativas de formación del Sistema de Formación para el Empleo.

     

  • Webinar «Novedades Formación Programada por las Empresas 2021»
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    Para el evento hemos contado con la presencia de Dª. Marisa Cosmen Alonso, Responsable del Servicio al Cliente y Orientación Dirección de Gestión Técnica y Verificación de Fundae, que nos ha informado de dichas novedades y a quien los participantes han podido trasladar las dudas o consultas sobre la gestión.

    Con más de 103 asistentes el evento ha sido todo un éxito de convocatoria que se incluye entre las actividades que Anced propone para dar información y visibilidad a todo aquello relacionado con la formación y la formación en el empleo en cualquier ámbito y ofrecer los últimos datos relacionados con la gestión de las iniciativas de formación del Sistema de Formación para el Empleo.

    file pdf Presentación «Novedades 2021. Formación Programada por las Empresas»

    Dª. Marisa Cosmen Alonso, Responsable del Servicio al Cliente y Orientación Dirección de Gestión Técnica y Verificación de Fundae

     

  • Webinar «Novedades Formación Programada por las Empresas 2022»
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    Para el evento hemos contado con la presencia de Dª. Marisa Cosmen Alonso, Responsable del Servicio al Cliente y Orientación Dirección de Gestión Técnica y Verificación de Fundae, que nos ha informado de dichas novedades y a quien los participantes han podido trasladar las dudas o consultas sobre la gestión.

  • Webinar «Novedades Fundae 2023»

    Gran éxito de participación, con cerca de 120 asistentes, al webinar organizado en el día de hoy por ANCYPEL en colaboración con FUNDAE, sobre “Las Novedades de la Formación Programada por las Empresas 2023”.

    El evento fue presentado por nuestro vicepresidente José Antonio Buzón, en el que hemos contado con la presencia de D.ª Marisa Cosmen Alonso, Responsable del Servicio al Cliente y Orientación Dirección de Gestión Técnica y Verificación de Fundae.