Resolución de 11 de mayo de 2018, del Servicio Públio de Empleo Estatal, por la que se aprueba la Convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.
Es importante reseñar que el plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Resolución, que es el día siguiente de su publicación en el BOE.
Dicha publicación, a día de hoy, no se ha producido por lo que los plazos no han comenzado a computarse. Les mantendremos informados de su publicación en el BOE.
Objeto y ámbito de aplicación
1. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, aprobada por el Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla dicha ley, y la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
2. Esta convocatoria tiene ámbito estatal, correspondiendo su programación, gestión y control al Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y en el artículo 35.1.a) y b) del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio.
Finalidad y principios que rigen la concesión de las subvenciones
1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital y al desarrollo personal de los trabajadores, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.
2. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.
Duración de los programas de formación
Los programas de formación que se financien al amparo de esta convocatoria, se podrán ejecutar durante un año desde la fecha de notificación a los beneficiarios de la resolución de concesión de la subvención.